Rigor y transparencia
El Mediador de Seguros está obligado a tener la cualificación PROFESIONAL y dependiendo del tipo de trabajo que realice, la ley prevé un determinado grado de formación, todo ello está regulado en la ley 26/2006 del 17 de Julio.
Además, todos los mediadores ejercientes están DEBIDAMENTE REGISTRADOS EN UN FICHERO PUBLICO registrado en la DGSFP http://www.dgsfp.meh.es/regpublicos/pui/pui.aspx.
Este fichero a disposición de los consumidores, es un GARANTIA MÁS DE TRANSPARENCIA Y SEGURIDAD para el consumidor.
Existen distintos tipos de Mediadores: Agentes de Seguros exclusivos, Agentes de Seguros Vinculados, Operador Banca-Seguros, Corredor de seguros y reaseguros (personas físicas o jurídicas).